ACUERDO 10-2017
Deja Sin Efecto El Segundo Párrafo De los Artículos 1, 2 y 3 Del Acuerdo 04-2017 De La Corte Suprema de Justicia, y Adicionar a Dicho Articulo más Información.
FE DE ERRATA de fecha 13-02-2017 que corrige el número de Acuerdo siendo lo correcto: Acuerdo Número 10-2017
ACUERDO NÚMERO 10-2017
CONSIDERANDO
Que en virtud de la entrada en vigencia del Decreto 32-2016 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la Carrera Judicial, se hace imperativo convocar a la celebración de las Asambleas Nacionales siguientes: a) Magistrados de las Salas de la Corte de Apelaciones y otros Tribunales de igual categoría; b) Jueces de Primera Instancia; y, c) Jueces de Paz; eventos en los cuales se elegirán a los representantes titulares y suplentes para integrar el Consejo de la Carrera Judicial, durante el período de dos años y medio (2017-2019), de conformidad con la ley.
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones que estime pertinentes para el desarrollo de las actividades que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, por tal razón, se hace necesario modificar el Acuerdo 04-2017 de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a la celebración de las Asambleas Nacionales.
POR TANTO
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos: 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 52, 53 y 54 literal f) de la Ley del Organismo Judicial; 71 de la Ley de la Carrera Judicial, Decreto 32-2016 del Congreso de la República de Guatemala; 7 7 de la Ley del Organismo Judicial, la Corte Suprema de Justicia, integrada como corresponde,
ACUERDA
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