ACUERDO GUBERNATIVO  15-2017

Se acuerda Desmembrar a favor del Ministerio de Salud pública y Asistencia Social Una Fracción de Terreno de 1,979.9530 metros cuadrados, que forma parte de la finca Rustica de su Propiedad, Ubicada en el Departamento de Retalhuleu.

*Reformado en el sentido que donde se lee finca rústica número 6434, debe leerse finca rústica número 9434, por el artículo 1 del Acuerdo Gubernativo 7-2021.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 15-2017

Guatemala, 30 de enero de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2013-19513 (Ref. M-2483-2011), opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de una fracción de terreno de 1,979.9530 metros cuadrados, que forma parte de la finca rústica de su propiedad inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, bajo el número *9434, folio 145 del libro 49 de Retalhuleu, para que siga funcionando el Puesto de Salud del parcelamiento El Rosario, municipio de Champerico, departamento de Retalhuleu; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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