RESOLUCIÓN  04-03-2015

Reglamento De Apoyo En La Administración Conjunta, Coadministración Y Gestión Compartida Del SIGAP Y En Áreas Naturales De Importancia Para La Conservación De La Diversidad Biológica De Guatemala.


RESOLUCIÓN 04-30-2015

Guatemala, 15 de Diciembre de 2015.


EL CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, se declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación, asimismo preceptúa que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico, para lo cual es necesario dictar todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente evitando su depredación;


CONSIDERANDO

Que el Decreto 4-89 del Congreso de la República, Ley de Áreas Protegidas crea el Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP), el cual está integrado por todas las áreas protegidas y entidades que las administran, cuya organización y características establece la referida ley, con el fin de lograr los objetivos de la misma en pro de la conservación, rehabilitación, mejoramiento y protección de los recursos naturales del país y la Diversidad Biológica; que el articulo 17 del Reglamento de la Ley de Áreas Protegidas, estipula que el manejo de las Áreas Protegidas legalmente declaradas podrá ser efectuado, de acuerdo a su categoría de manejo directamente a través de la Secretaría Ejecutiva o ser confiado mediante suscripción de un convenio u otro mecanismo legal, a otras entidades nacionales públicas o privadas sin fines de lucro;


CONSIDERANDO

Que la Ley de Áreas Protegidas en su artículo 62 tiene como uno de los fines principales del Consejo Nacional de Áreas Protegidas la protección del patrimonio natural y la diversidad biológica en todo el territorio nacional, y para el logro de este fin el CONAP ha actualizado la Política de Administración Conjunta y Gestión Compartida del SIGAP y en Áreas Naturales de Importancia para la Conservación de la Diversidad Biológica en Guatemala;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 69 literal b) del Decreto 4-89 del Congreso de la República, Ley de Áreas Protegidas, aprueba el siguiente:

INGE. ELDER MANRIQUE FIGUEROA RODRÍGUEZ
SECRETARIO EJECUTIVO
CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS
-CONAP-


REGLAMENTO DE APOYO EN LA ADMINISTRACIÓN CONJUNTA, COADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN COMPARTIDA DEL SIGAP Y EN ÁREAS
NATURALES DE IMPORTANCIA PARA LA CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA DE GUATEMALA


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES, OBJETIVOS Y AMBITO DE APLICACIÓN

 
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