ACUERDO GUBERNATIVO 165-2016
Se constituye usufructo a título gratuito, por el plazo de 25 años, a favor de la Municipalidad de Amatitlán, departamento de Guatemala.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 165-2016
Guatemala, 22 de agosto de 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del expediente 2013-28949, opinó de manera favorable respecto a la constitución del usufructo a título gratuito por el plazo de 25 años a favor de la Municipalidad de Amatitlán, departamento de Guatemala, sobre una fracción de terreno de 13,907.4420 metros cuadrados de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 5223, folio 3 del libro 61 de Amatitlán, propiedad de El Gobierno de la República de Guatemala, para concluir el proyecto de jardinización del inmueble en beneficio del pueblo de Amatitlán y del turismo que visita el lugar; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y los artículos 704, 705 y 706 del Decreto Ley número 106, Código Civil.
ACUERDA
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