ACUERDO MINISTERIAL  231-2016

Se acuerda nombrar a las autoridades municipales que provisionalmente tendrán las funciones y atribuciones legales de administración del territorio de Sipacate, Escuintla.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 231 -2016

Guatemala, 10 de mayo de 2016


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN

CONSIDERANDO:

Que por medio de Decreto Número 4-2015 del Congreso de la República, se creó el municipio denominado Sipa cate, en jurisdicción del departamento de Escuintla, cuyo territorio fue segregado del territorio que comprende el municipio de La Gomera del mismo departamento;


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 6 del Decreto citado, efectuado el deslinde y amojonamiento de los límites territoriales del municipio de Sipacate del departamento de Escuintla, el Ministerio de Gobernación nombrará a las autoridades municipales que provisionalmente tendrán las funciones y atribuciones legales de administración del territorio del nuevo municipio, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código Municipal y demás leyes aplicables, las autoridades nombradas ejercerán sus funciones hasta que los habitantes del municipio la elijan, de conformidad con la convocatoria a elección respectiva, que efectuará el Tribunal Supremo Electoral y que éstos tomen formal y legal posesión de sus cargos;


CONSIDERANDO:

Que mediante el Oficio Referencia DAC-SBPM-056-2016, el instituto Geográfico Nacional, informa al Ministerio de Gobernación, que los trabajos de deslinde y amojonamiento del municipio de Sipacate del departamento de Escuintla, se ejecutaron satisfactoriamente, lo cual se hizo constar en Actas con números 174-15-02-2016; 175-16-02-2016; 176-16-02-2016; 177-17-02-2016; 178-18-02-2016; 179-18-02-2016; y, 180-18-02-2016, folios del 406 al 427, todas del libro número cinco, de la División de Apoyo al Catastro del Instituto Geográfico Nacional, por lo que es procedente emitir el Acuerdo de nombramiento correspondiente;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo que establecen los artículos 27 literales a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; y, 6 y 7, del Decreto número 4-2015 del Congreso de la República.


ACUERDA:

 
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