ACUERDO MINISTERIAL 131-2016
Se acuerda implementar a partir del día 2 de mayo de 2016, la Vacuna Oral Bivalente contra la Poliomielitis (OPVb), en la red de servicios de salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDO MINISTERIAL No. 131-2016
Guatemala, 29 de abril de 2016
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que, cada ministerio estará, a cargo de un ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio y velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. Asimismo, que el Estado controlará la calidad de los productos alimenticios, farmacéuticos, químicos y de todos aquéllos que puedan afectar la salud y bienestar de los habitantes;
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea Mundial de Salud, aprobó en mayo del 2015, la resolución de que todos los Estados Miembros que hacen uso de la Vacuna Oral Trivalente contra la Poliomielitis (OPVt), deberán prepararse para la retirada mundial del componente Tipo 2 de esta vacuna en el mes de abril del 2016; que los países asumieron el compromiso de retirar y destruir el remanente de OPVt y confirmarlo a la Organización Mundial de la Salud (OMS). Que en el mes de octubre del 2015, el Grupo de Expertos de Asesoramiento Estratégico de la Organización Mundial de la Salud, reafirmó que el cambio de OPVt a OPVb, deberá ocurrir entre el 17 de abril y 1 de mayo del 2016;
CONSIDERANDO:
Que el Estado de Guatemala, como miembro de la Organización Mundial de la Salud y garante del compromiso de erradicar mundialmente la poliomielitis, a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, ha implementado y seguirá implementando las acciones necesarias para cumplir con los objetivos del Plan Estratégico para la Erradicación de la Poliomielitis, Fase Final 2013-2018, de lo que procede emitir el Acuerdo Ministerial correspondiente, que dé solución, al uso de la vacuna OPVt;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones conferidas y con fundamento en los Artículos 96 y 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo y 9 literal a) y 17 literales a) y e) del Decreto Número 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República;
ACUERDA:
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