ACTA MUNICIPAL 14-2016.4
Reglamento para la realización de consulta municipal a solicitud de los vecinos del Municipio de Quesada, Departamento de Jutiapa
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE QUESADA,
DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro número trece (13) de Actas Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal, del Municipio de Quesada, Departamento de Jutiapa, autorizado por la Contraloría General de Cuentas de la Nación, bajo el registro nueve mil trescientos doce (9312), en el cual aparece el Acta número catorce guión dos mil dieciséis (14-2016), de fecha veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis, en donde a folios del veintiocho al treinta y ocho (28-38), consta el punto resolutivo número CUARTO, que al copiarlo literalmente expresa:
CUARTO: El Concejo Municipal por unanimidad acordó dar trámite a la Consulta Municipal a Solicitud de Vecinos, según consta en el punto DECIMO del Acta número cero nueve guión dos mil dieciséis (09-2016), de Sesiones Ordinarias de Concejo Municipal, de fecha veintitrés de febrero año dos mil dieciséis. En consecuencia en la presente sesión se procede a aprobar el REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTA MUNICIPAL A SOLICITUD DE LOS VECINOS DEL MUNICIPIO DE QUESADA, DEL DEPARTAMENTO DE JUTIAPA, el cual queda de la siguiente manera: CONSIDERANDO: Que las consultas municipales constituyen un mecanismo importante de expresión popular, por medio de las cuales se garantizan derechos fundamentales tales como los de libertad de acción y de emisión del pensamiento y el derecho de manifestación, siendo la clara expresión de un régimen democrático a través del cual los vecinos de los municipios tienen el derecho de expresarse con relación a los asuntos de carácter general que puedan afectarles directa o indirectamente, dentro del territorio de su municipio. CONSIDERANDO: Que el Código Municipal, Decreto Número doce guión dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República en el artículo diecisiete (17), inciso k) regula como un derecho de los vecinos pedir la consulta popular municipal. Asimismo, el artículo sesenta y cuatro (64) establece que los vecinos podrán solicitar la celebración de consultas a solicitud de vecinos cuando se refiera a asuntos de carácter general que afectan a todos los vecinos del municipio. CONSIDERANDO: Que los incisos a), e i), del artículo treinta y cinco (35) del Código Municipal confieren al Concejo Municipal, las atribuciones de iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, y la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. CONSIDERANDO: Que los procedimientos consultivos deben contar con marcos jurídicos adecuados que establezcan con precisión los procedimientos para llevar a cabo las consultas municipales a solicitud de vecinos, observando que en su desarrollo se cumplan con los principios electorales reconocidos por nuestra legislación, para que se garantice la fidelidad de los resultados; y que estos reflejen el parecer de los vecinos consultados. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades y obligaciones que la ley le confiere, por unanimidad de votos de los presentes ACUERDA: Emitir el siguiente:
"REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CONSULTA MUNICIPAL
A SOLICITUD DE LOS VECINOS DEL MUNICIPIO DE QUESADA,
DEL DEPARTAMENTO DE JUTIAPA"
CAPITULO I
DE LA CONSULTA
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