ACUERDO MINISTERIAL  125-2016

Se acuerda autorizar prórroga del plazo de los Contratos Abiertos celebrados por la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas y otras entidades en mención.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 125-2016

Guatemala, 15 de abril de 2016


EL VICEMINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Asimismo, en sus artículos 94 y 95 establece que es deber del Estado velar por la asistencia social y la salud de todos los habitantes, considerada ésta última como un bien público.


CONSIDERANDO

Que la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, llevó a cabo el Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número trece guión dos mil ocho (DNCAE No. 13-2008), con el objeto de adquirir “PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACÉUTICOS PAQUETE DOS (2), QUE INCLUYE FÁRMACOS DE LOS SIGUIENTES GRUPOS: ANTIANÉMICOS Y HEMÁTINICOS; ANTICOAGULANTES Y COADYUVANTES COAGULACIÓN: ANTIHISTAMÍNICOS; ANTINEOPLÁSICOS; DERMATOLÓGICOS; INMUNOMODULADORES; OFTALMOLÓGICOS; MEDIOS DE CONTRASTE", requeridos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Ministerio de la Defensa Nacional. Sin embargo, para evitar el desabastecimiento de estos productos en el sector salud y por convenir a los intereses del Estado, a solicitud de los proveedores y de mutuo acuerdo con las entidades requirentes del Concurso, es necesario prorrogar el plazo de la vigencia de los Contratos Abiertos celebrados oportunamente.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en los artículos 27 literales a) y m), 35 literal t) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 42, 46, 46 Bis, 47,48, 49 y 51 del Decreto número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 26 y 27 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.


ACUERDA

 
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