ACTA 9-2016.2
Se aprueba la distribución territorial del municipio de Malacatán, San Marcos, para una mejor programación y reprogramación de las obras y servicios a realizar por dicha municipalidad.
ACTA NÚMERO 9-2016 PUNTO SEGUNDO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE MALACATAN, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CERTIFICA: Haber tenido a la vista el punto SEGUNDO del acta número NUEVE GUION DOS MIL DIECISEIS, de sesión pública ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de esta localidad, con fecha veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis, el que copiado literalmente dice:
SEGUNDO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE MALACATAN, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CONSIDERANDO:
Se procedió a efectuar la división territorial del municipio de Malacatán, departamento de San Marcos, de conformidad con los acuerdos contenido en el punto séptimo del acta número diecisiete dos mil diez, de sesión pública ordinaria de fecha cinco de mayo del año dos mil diez, y algunas rectificaciones contenidas en los puntos decimosegundo y decimoprimero, de las actas veinticuatro y cuarenta y cuatro del año dos mil trece, respectivamente, CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 35 inciso b) , son atribuciones del Concejo Municipal:....b) El ordenamiento territorial y control urbanístico de la circunscripción municipal., CONSIDERANDO:
Se realizó una revisión encontrándose errores en la consignación de algunas comunidades, no obstante que existen la denominación no es la correcta, en tal sentido, se procede a realizar las enmiendas correspondiente, quedando consignadas de la manera siguiente:
ALDEAS: Nuevo San Antonio, Las Brisas del Petacalapa, Las Margaritas, La Montañita, La Lima, Esquipulas Nicá, San Antonio El Socorro, Nicá, El Olvido, El Rubí, San José Petacalapa, El Carmen, María Linda, San Isidro, Villa Hermosa, El Caracol.
CASERIOS: San Juan Miramar, 15 de Enero, Nueva Santa Elisa, 20 de Abril, El Rosario, La Unión, 5 de Mayo, Botran, Santa Rosa de Lima, Santa Fé Ixpil, La Curva, Los Olivos, 20 de Octubre, Virginia, Nuevo San Carlos, San Andrés La Lima, Colina, Luisiana, Lorena, Eben Ezer, Norte Carolina, Aura Marina, Nueva Jerusalém, San Bartolo, 4 de Febrero, 11 de Julio, El Verdun, Morales, La Libertad, San José Suchiate, San Agustín, Los Laureles, Orizaba, Santa Teresa, La Loma, El Triunfo, Lucita, Nueva Esperanza, Nueva Santa Rosa, Nueva Colonia, San Eusebio, El Delirio, La Batalla, El Sinaí, El Desengaño, Las Flores, Plan de la Gloria, Santa Isabel, San Eduardo, Luis Evelio, La Independencia, El Mirador, 16 de Marzo, Bethania, Santa Inés, San Antonio La Vega, La Montaña, El Chagüite, Buena Vista, Gembloux, La Central, Covadonga, San Francisco Nueva Reforma, La Democracia, 20 de Agosto, El Naranjo, San Bernardo, Malacatancito, Santa Ana, El Progreso, Frontera, La Lagunilla, El Rincón, Villa Nueva, La Clamada, San Jorge, Nuevo Egipto, Bosques de la Esperanza, San José La Lima, Brasilia, Plan La Lima, Nuevo Malacatán, Bonanza.
CANTONES: San Juan de Dios, Santa Lucia, Morazán, Victoria, San Miguel, Barrios, La Torre, Colima Belén, San Sebastián, Santo Domingo Belén.
COLONIAS URBANAS: Colonia Alejos, Colonia El Maestro.
FINCAS: Esmirna, El Retiro, El Recuerdo, San Luis, Santa Lucrecia, Bethel, Mundo Nuevo, Casconá, Montelimar, Sonora, Managua, San Ignacio, La Palma, Veremos, El Inicio, Clarita, San Raymundo, Malacate, El Roble, Navidad, El Danubio. POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 252, 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, así como los artículos 3, 9, 33 y 35 inciso a) y b) del Código Municipal, después de amplia deliberación por votación unánime, ACUERDA:
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