ACTA MUNICIPAL 001-2016
Se acuerda crear el Juzgado de Asuntos Municipales del Municipio de San Andrés Itzapa, del departamento de Chimaltengo.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS ITZAPA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, para la ejecución de sus ordenanzas y el cumplimiento de sus disposiciones, las municipalidades podrán crear, de conformidad con la ley, su Juzgado de Asuntos Municipales y su cuerpo de policía de acuerdo con sus recursos y necesidades, los que funcionaran bajo órdenes directa del Alcalde.
CONSIDERANDO:
Que el Código Municipal, establece, que para la ejecución de sus ordenanzas, el cumplimiento de sus reglamentos, demás disposiciones y leyes ordinarias, la municipalidad podrá crear, según sus recursos y necesidades, los juzgados de asuntos municipales que estime convenientes y los juzgados de asuntos municipales de transito que considere necesarios. En la creación de juzgados podrá asignarse competencia por razón de materia y territorio, según las necesidades del municipio.
CONSIDERANDO:
De conformidad con el articulo 35, incisos i) y j), del Código Municipal, el Concejo Municipal tiene a su cargo la emisión y aprobación de acuerdos, y la creación de sus dependencias, empresas y unidades de servicio administrativo, para lo cual impulsará el proceso de modernización tecnológica de la municipalidad y de los servicios públicos municipales o comunitarios, así como la administración de cualquier registro municipal o público que le corresponda de conformidad con la ley.
CONSIDERANDO:
Que es necesario y de urgencia, crear el Juzgado de Asuntos Municipales en el municipio de San Andrés Itzapa departamento de Chimaltenango, para conocer resolver y ejecutar diferentes conflictos, que puedan suscitarse, por los diferentes servicios públicos municipales, los servicios públicos en general y de todos los asuntos que violen las leyes, ordenanzas, reglamentos y disposiciones del gobierno municipal, imponiendo las sanciones que procedan.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y leyes citadas y para lo que al efecto preceptúan los artículos 253,254, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 7, 9, 33, 35 inciso i), 42, 52, 53, 70, 79, 161, 162, 163, 164, 165 del Código Municipal decreto número 12-2002 y sus Reformas Decreto número 22-2010 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
LA CREACIÓN DEL JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES
DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS ITZAPA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO
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