ACUERDO MINISTERIAL  25-2016

Derogar el Acuerdo Ministerial número 171-2015 de fecha 24 de septiembre de 2015, mediante el cual se emite la Norma Técnica para la Regulación, Autorización y Control para Establecimientos de Centros de Medicina Estética y Terapias Anti Envejecimiento.


ACUERDO MINISTERIAL No. 25-2016

Guatemala, 11 de enero de 2016


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece entre las funciones del Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, la de dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su ministerio; así mismo la Ley del Organismo Ejecutivo, establece dentro de las atribuciones de los Ministros, la de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo;


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Ministerial número. 171-2015 de fecha 24 de septiembre de 2015, se emite la Norma Técnica para la Regulación, Autorización y Control para Establecimientos de Centros de Medicina Estética y Terapias Anti Envejecimiento, y Centros de Estética, con objeto establecer la regulación, autorización y los requisitos que deben cumplir para su funcionamiento;


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Ministerial citado en el considerando anterior, ha presentado inconvenientes para su observancia y cumplimiento para las entidades vinculadas a este servicio, además, por no existir consenso entre los sectores públicos y académicos rectores de la materia, se hace necesario derogar el Acuerdo Ministerial número 171-2015 descrito en el considerando anterior, para dar lugar ai establecimiento de diálogo y acuerdo entre el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, los sectores académicos vinculados y los establecimientos de centros de estética corporal y control de peso, para procurar la toma de decisiones en beneficio y protección de la salud de los usuarios de dichos establecimientos, por lo que de conformidad a lo expuesto, se emite el presente Acuerdo Ministerial;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y el Artículo, 27 literales c), f) y m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 8,198 veces.
  • Ficha Técnica: 45 veces.
  • Imagen Digital: 45 veces.
  • Texto: 40 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 6 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu