ACUERDO MINISTERIAL 242-2015
Sistematización del Procedimiento de la obligación del empleador, en cuanto a la presentación de los Contratos Individuales de Trabajo, ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
*Derogado por el Acuerdo Ministerial 324-2019 el 09-09-2019
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 242-2015
GUATEMALA, 16 DE DICIEMBRE DE 2015
EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CONSIDERANDO
De conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 101 y 103 establece que El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse conforme a principios de justicia social, en ese mismo contexto las leyes que regulan las relaciones entre empleadores y el trabajo son conciliatorias, tutelares para los trabajadores y atenderán a todos los factores económicos y sociales pertinentes, en ese mismo contexto de conformidad con las funciones establecidas en la Constitución política de la República de Guatemala y el Decreto número 114-97, del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo ejecutivo es función de los ministros dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.
CONSIDERANDO
Que el Decreto número 1441 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Trabajo, establece, como obligación del patrono hacer llegar a la Dirección General de Trabajo dependencia del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, directamente o por medio de la autoridad de trabajo más cercana un ejemplar del contrato individual de trabajo que por obligación debe extender cada patrono, es por ello que de conformidad con la ley es atribución de la Dirección General de Trabajo velar por el estricto cumplimiento a tal disposición; y con el compromiso adoptado por el Estado de Guatemala ante el Consejo de Administración de la Organización internacional del Trabajo de tomar medidas administrativas necesarias para mejorar los procedimientos para el cumplimiento de la ley laboral en Guatemala, en este mismo sentido se observa la necesidad de crear un proceso de control tecnológico de los Contratos Individuales de Trabajo suscritos entre patronos y trabajadores a nivel nacional, acoplándose la administración de trabajo a la era de la tecnología.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 193, 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 22, 23, 27 inciso a), c),d), f) y m); artículo 40 literales c) e i) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Organismo Ejecutivo; Convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por Guatemala, artículos 28 del Decreto número 1441 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Trabajo; y, el Acuerdo Gubernativo 215-2015, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
ACUERDA
SISTEMATIZAR EL PROCEDIMIENTO DE LA OBLIGACION DEL EMPLEADOR EN CUANTO
A LA PRESENTACION DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO ANTE LA
DIRECCION GENERAL DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
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