ACUERDO MINISTERIAL 444-2015
Aprobar el programa nacional de sanidad bovina-PROSABO-
ACUERDO MINISTERIAL No. 444-2015
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 13 de agosto de 2015
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es de interés del Estado a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, el cumplimiento de la aplicación de la ley de Sanidad Vegetal y Animal y su reglamento, la cual tiene por objeto velar por la protección y sanidad de los animales. La preservación de sus productos y subproductos no procesados contra la acción perjudicial de las enfermedades de importancia económica y cuarentenaria, sin perjuicio para la salud humana y el ambiente.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, la dirección y coordinación del sector pecuario, estableciendo programas, campañas, que buscan controlar, prevenir y erradicar a nivel nacional las enfermedades de la especie bovina, que representan impacto económico o que representan un riesgo en la salud pública.
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establecen los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 23, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 6 y 20 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 4, 7, 14, 15 numeral 3 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010.
ACUERDA:
APROBAR EL PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD BOVINA -PROSABO-
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