ACTA MUNICIPAL 30-2015
Se acuerda Reglamento de Transporte de pasajeros, de Carga, Taxis, Mototaxis, Buses Escolares, Recolectores, De Reparto y de Publicidad para la Cabecera Municipal de Chiquimula.
ACTA NÚMERO 30-2015
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL. MUNICIPIO DE CHIQUIMULA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal, en donde se encuentra la que copiada en su parte conducente dice:
"ACTA NÚMERO: 30-2015. Sesión Pública Ordinaria celebrada, en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de Chiquimula, el martes veintiocho de julio del dos mil quince, siendo las dieciocho horas, es presidida por el Industrial Rolando Arturo Aquino Guerra, en su calidad de Alcalde Municipal y Presidente del Concejo, contando con la asistencia del Sindico Primero Licenciado Carlos Humberto Franco Cursfn, Sindico Segundo Licenciado Rolando Augusto Morataya Flores, Concejal Primero Empresario Carlos Rolando Samayoa Cordón, Concejal Segundo Doctor Hugo Leonel Ruiz Linares, Concejal Tercero, Perito Contador José Humberto Orellana Penados, Concejal Cuarto Arquitecto Juan Antonio España Ayate, Concejal Quinto Profesor Rudy Nolberto Espino Lemus, Concejal Sexto Empresario Luis Armando Aguilar Monroy y Concejal Séptimo Químico-Farmacéutico César René Jordán Portillo, contando con la presencia del Secretario Municipal Bachiller Rubén Obdulio Maidonado González, se procede de la manera siguiente: PRIMERO:...; CUARTO: El Presidente del Concejo Municipal informa que tiene a la vista el proyecto del REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, DE CARGA, TAXIS, MOTOTAXIS, BUSES ESCOLARES, RECOLECTORES, DE REPARTO Y DE PUBLICIDAD PARA LA CABECERA MUNICIPAL DE CHIQUIMULA, el que copiado literalmente dice:
MUNICIPALIDAD DE CHIQUIMULA, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CHIQUIMULA, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA
CONSIDERANDO
Que por imperativo constitucional, les corresponde a las Municipalidades del país la prestación de los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, el cumplimiento de sus fines propios y la necesidad que tiene el municipio de Chiquimula, de regular y ordenar el transporte dentro de su jurisdicción y cumplir sus fines propios de transito; y siendo atributo del Concejo Municipal, la emisión de Reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus dependencias de servicio.
CONSIDERANDO:
La necesidad que se tiene de regular el transporte de pasajeros y carga es imperante la aprobación del Reglamento de Transporte de pasajeros y Carga.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 224 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1,2,3,5,9,35 incisos a), b), d), i), q) y z), 67, 68, inciso d). 72, 74, 75, 142 literal a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso del República, 31, 32 de Ley de Tránsito, Articulo 186 del Acuerdo Gubernativo 273-88 Reglamento de la Ley de Tránsito.
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, DE CARGA, TAXIS, MOTOTAXIS, BUSES ESCOLARES, RECOLECTORES, DE REPARTO Y DE PUBLICIDAD PARA LA CABECERA MUNICIPAL DE CHIQUIMULA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 2,234 veces.
- Ficha Técnica: 43 veces.
- Imagen Digital: 42 veces.
- Texto: 39 veces.
- Formato PDF: 3 veces.
- Formato Word: 6 veces.