ACUERDO MUNICIPAL 03-02-1973
Reglamento de Parcelamientos Urbanos, y rústicos en el área de Protección de la Antigua Guatemala.
REGLAMENTO DE PARCELAMIENTOS URBANOS y RUSTICOS
EN EL AREA DE PROTECCION DE LA ANTIGUA GUATEMALA
El Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es de indispensable y urgente necesidad normar adecuadamente toda clase de parcelamientos, tanto urbanos como rústicos, a efecto de proteger el Conjunto Monumental de La Antigua Guatemala, que con sus áreas circundantes integran una sola unidad de paisaje, cultura y expresión artísticas;
CONSIDERANDO:
Que es de suma importancia contemplar los parcelamientos rústicos, dentro de este ordenamiento, dada la anarquía existente en éstos, creando serios y graves problemas, que es aconsejable y conveniente evitar mediante la emisión de las normas pertinentes.
POR TANTO:
Con fundamento en los Artículos 1°., 2°., 4°., 5°., inciso 1, 10, 11, 13, Y 39 de la Ley Protectora de la Antigua Guatemala,
DECRETA:
El siguiente
REGLAMENTO DE PARCELAMIENTOS URBANOS y RUSTICOS
EN EL AREA DE PROTECCION DE LA ANTIGUA GUATEMALA
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
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