ACUERDO GUBERNATIVO  110-2015

Se acuerda facultar al Ministerio de Finanzas Públicas para que en ejercicio del Mandato Especial, comparezca en representación del Estado de Guatemala en calidad de fideicomitente.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 110-2015

Guatemala, 26 de marzo de 2015


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Gubernativo número 503-98, publicado en el Diario de Centro América el 21 de septiembre de 1998, se dispuso la constitución del Fideicomiso denominado "Crédito de Desarrollo Agropecuario -CREDESA-" en el Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima -BANRURAL-, formalizado en escritura pública número 351 de fecha 1 de diciembre de 1998, ante los oficios del Escribano de Gobierno, actuando como Fideicomitente el Ministerio de Finanzas Públicas, en representación del Estado de Guatemala; Fiduciario el Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima; y Fideicomisario, las personas naturales o jurídicas, que hagan uso del crédito concedido con fondos del fideicomiso.


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 22-2014 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Implementación de Medidas Fiscales, Aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2015 y Aprobación de Financiamiento para el Ejercicio Fiscal 2014, el artículo 43 regula que los responsables de los fideicomisos que no reflejen ejecución de acuerdo al objeto de su constitución, deberán dar inicio de inmediato al trámite para su extinción y liquidación anticipada; que la cláusula Décima quinta del contrato de constitución del fideicomiso, admite su extinción y liquidación anticipada por mutuo acuerdo; y que el Ministerio de Finanzas Públicas en representación del Estado de Guatemala como Fideicomitente y el representante legal del Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima BANRURAL como fiduciario, en oficios números 00290 y DF-321-2014 de fechas 5 y 10 de marzo de 2014, respectivamente, de mutuo acuerdo determinaron iniciar los procesos administrativos para dar por terminado anticipadamente a su vencimiento, el Fideicomiso "Crédito de Desarrollo Agropecuario -CREDESA-" y pactar las bases para su liquidación.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 42 y 43 del Decreto número 22-2014 del Congreso de la República, Ley de Implementación de Medidas Fiscales, Aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2015 y Aprobación de Financiamiento para el Ejercicio Fiscal 2014.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,358 veces.
  • Ficha Técnica: 40 veces.
  • Imagen Digital: 40 veces.
  • Texto: 14 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 4 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu