RESOLUCIÓN  349-001-2015

Se acuerda ampliar el presupuesto de ingresos y egresos del registro de información catastral de Guatemala, para el ejercicio fiscal 2015


RESOLUCIÓN No. 349-001-2015

Guatemala, 24 de febrero de 2015

Acuérdase publicar la ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC- para el Ejercicio Fiscal 2015, aprobado por el Consejo Directivo del RIC, en Sesión Extraordinaria realizada con fecha 24 de febrero de 2015, según punto 3° del Acta No. 349-2015 de esa misma fecha.


EL CONSEJO DIRECTIVO DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN CATASTRAL DE GUATEMALA -RIC-


CONSIDERANDO:

Que al Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, le corresponde aprobar los presupuestos de la Institución, conforme a lo establecido en la literal j) del Artículo 13 de la Ley del Registro de Información Catastral, Decreto No. 41-2005 del Congreso de la República de Guatemala y a lo preceptuado en el tercer párrafo del Artículo 29 del Reglamento de la Ley del Registro de información Catastral, Acuerdo Gubernativo número ciento sesenta y dos guión dos mil nueve (162-2009).


CONSIDERANDO:

Que también corresponde al Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, aprobar las modificaciones que amplíen o disminuyan el presupuesto aprobado para cada ejercicio fiscal.


CONSIDERANDO:

Que la Ampliación propuesta, cuenta con la opinión favorable emitida por la Gerencia Administrativa Financiera del Registro de información Catastral de Guatemala -RIC-, contenida en el Dictamen número cero uno guión dos mil quince (01-2015), de fecha Veinticuatro (24) de Febrero de dos mil quince (2015), por lo que es procedente emitir la disposición legal que aprueba la ampliación indicada.


POR TANTO:

Con base en los considerandos y lo que para el efecto establecen los Artículos 1,4,6,7,8,9,13, literal j), 15 y 16 literales a) e i) de la Ley del Registro de Información Catastral, Decreto No. 41-2005 del Congreso de la República de Guatemala; Artículo 41 del Decreto No. 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto, reformado por el Decreto No. 13-2013, ambos del Congreso de la República de Guatemala y de acuerdo a lo estipulado en tercer párrafo del Artículo 29 del Acuerdo Gubernativo No. 162-2009, Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral.


RESUELVE:

 
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