ACUERDO MINISTERIAL  161-2015

Se aprueban los 11 artículos que contienen el Acuerdo de Intervención número I-001-2015, emitido por el Interventor de la Empresa Portuaria Quetzal.


ACUERDO MINISTERIAL No. 161-2015

Guatemala, 27 de febrero de 2015


EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA


CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal, Decreto Ley 100-85 y su Reglamento contenido en el Acuerdo Gubernativo No. 7-2010, le confieren a la Empresa Portuaria Quetzal, la facultad de fijar, modificar y actualizar sus tarifas; las cuales para entrar en vigencia deben ser aprobadas mediante Acuerdo Ministerial, por conducto del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.


CONSIDERANDO

Que a través de los Acuerdos Gubernativos números 149-2011 y 168-2011 de fechas 24 de mayo y 1 de junio, ambos del 2011, se acordó intervenir la Empresa Portuaria Quetzal, estableciendo que el Interventor designado desempeñará las funciones que le corresponden a la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal.


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 822-2014 de fecha 9 de octubre de 2014, fueron aprobados los 14 artículos qUe contiene el Acuerdo de Intervención Número 1-042-2014 de fecha 26 de agosto de 2014, el cual fijó el Pliego Tarifario por Servicios Portuarios de Puerto Quetzal; sin embargo, con fecha 7 de enero de 2015 el Interventor de la Empresa Portuaria Quetzal emitió el Acuerdo No. I-001-2015 a través del cual acordó modificar dicho Pliego Tarifario, siendo necesario emitir la disposición Ministerial que apruebe las modificaciones efectuadas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 193, 194 y 201 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 23, 27 literales a), c), m) y 30 literal i) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y, artículos 1 y 9 literales h) y k) del Decreto Ley 100-85, Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal.


ACUERDA

 
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