CONVENIO 846
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, SOBRE RECIPROCIDAD EN EL LIBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS.
YO, OTTO FERNANDO PÉREZ MOLINA
Presidente de la República de Guatemala
DECLARO:
Que el Gobierno de la República de Guatemala, habiendo suscrito en San José, República de Costa Rica, el 5 de agosto de 2014 el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, SOBRE RECIPROCIDAD EN EL LIBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES, ratifica por el presente dicho Acuerdo y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en él figuran.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente instrumento.
Hecho en la Ciudad de Guatemala, a dieciocho días del mes de septiembre de dos mil catorce.
OTTO FERNANDO PEREZ MOLINA
LIC. GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ LUNA
SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
CARLOS RAUL MORALES MOSCOSO
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA, SOBRE RECIPROCIDAD EN EL LIBRE EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS
PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMATICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y
TECNICO DE MISIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES
El Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de Costa Rica, en su deseo de permitir el libre ejercicio de actividades remuneradas, sobre la base de un tratamiento reciproco, a los familiares dependientes del personal de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de una de las partes acreditadas en el territorio de la otra parte,
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