ACUERDO GUBERNATIVO  487-2014

Se adscribe a favor del ministerio de educación ocho fracciones de terreno que forman parte de la finca rustica ubicada en Suchitepéquez.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 487-2014

Guatemala, 30 de diciembre de 2014



EL PRESIDENTE BE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas, le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente número 2013-5325 (Ref. No. C-1691-2011) opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y la adscripción al Ministerio de Educación, de ocho fracciones de terreno que forman parte de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 16029, folio 134 del libro 83 de Suchitepéquez, propiedad de la Nación, con un área de 15,698.8546 metros cuadrados para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea A-1; 1,063.1838 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea A-1, Faja 2, Sector Sis; 10,513.7830 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea A-5; 5,138.1480 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en 20 de Octubre, Línea A-7; 8,272.0046 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea A-9, Sector Ican; 8,633.3953 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea B-6, Eje Central; 1,373.3355 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea B-8, Sector Sis y 1,419.7028 metros cuadrados, para que continúe funcionando la Escuela Oficial Rural Mixta, ubicada en Línea B-12 Sector Sis, todas del Parcelamiento San José La Máquina, municipio de Cuyotenango, departamento de Suchitepéquez, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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