ACUERDO MINISTERIAL 426-2014
REGLAMENTO PARA LA ENTREGA DE LA INSIGNIA PRESIDENCIAL DEL MEDIO AMBIENTE MEDIANTE MEDALLA PRESIDENCIAL.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 426-2014
Guatemala, 25 de noviembre de 2014
LA MINISTRA DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 194 incisos a), f), i), de la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ministra es la máxima autoridad del Ministerio a su cargo, y por ende debe ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio, y velar por el estricto cumplimiento de las leyes y la probidad administrativa, así mismo de conformidad con lo que para el efecto establece el articulo 27 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97, del Congreso de la República de Guatemala, es atribución del Ministro dictar los Acuerdos, Resoluciones, Circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la Ley
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Gubernativo 186-2001, que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, establece en su artículo 5, que son atribuciones de la Ministra entre otras, dictar disposiciones para descentralizar y desconcentrar actividades, funciones y procesos técnico administrativos; suscribir cuando estime necesario convenios administrativos; aprobar los diversos manuales organizativos y operativos y emitir disposiciones internas; Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar las acciones relacionadas con su Ministerio; Crear, suprimir, fusionar, reestructurar, dirigir y coordinar unidades y dependencias administrativas del Ministerio, así como administrar sus recursos financieros, humanos y físicos, ejerciendo la potestad de gobierno y en consecuencia disponiendo la actividad de los medios personales y utilización de los medios materiales.
CONSIDERANDO
Que por medio del Acuerdo Gubernativo número 926-92, se estableció la "Medalla Presidencial del Medio Ambiente", la cual será otorgada por la Presidencia de la República a propuesta del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales; en ese sentido es necesario contar con las normas internas que determinen el procedimiento que se debe seguir para realizar la elección correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que establecen los artículos, 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 5 del Acuerdo Gubernativo número 186-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y 2 del Acuerdo Gubernativo 926-92.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ENTREGA DE LA INSIGNIA PRESIDENCIAL DEL MEDIO AMBIENTE MEDIANTE MEDALLA PRESIDENCIAL.
Capítulo I
Naturaleza y Finalidad
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