ACTA 40-2014.10
Se autorizan la adición al reglamento de Construcción y urbanismo de la municipalidad de palin, Escuintla.
ACTA 40-2014 PUNTO 10
El Honorable Concejo Municipal de Palín
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala ordena taxativamente a las municipalidades que "deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios", establecido así en el artículo 255 constitucional;
CONSIDERANDO:
Que el Código Municipal, en su Artículo 35 faculta al Consejo para emitir sus propios acuerdos y ordenanzas municipales, así como la fijación de las tasas por servicios administrativos y tasas por servicios públicos locales;
CONSIDERANDO:
Que en el punto DECIMO CUARTO del Acta 25-2012 de fecha dos de catorce de junio de dos mil doce, se aprobó el Reglamento de Construcción y Urbanismo, de la Municipalidad de Palín, departamento de Escuintla, el cual regula todo lo relacionado a la Construcción y Urbanismo del municipio de Palín, y establece los procedimientos a seguir en cada caso que regula;
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261, de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos 3, 5, 6, 9, 33, 35 incisos "a" "i" "n", 38, 40, 42,67, 72,100 inciso "e". 101, 105, 107 del Código Municipal, y en el punto DECIMO del acta 40-2014, de fecha 02 de octubre de 2014, del Concejo Municipal de Palín, en virtud de lo anterior, el honorable Concejo Municipal, por UNANIMIDAD,
ACUERDA:
I) Aprobar y autorizar las siguientes adicciones al
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN Y URBANISMO, DE LA MUNICIPALIDAD DE PALIN,
DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA
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