ACUERDO GUBERNATIVO  303-2014

Se adscribe a favor de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán, una fracción de terreno ubicado en kilómetro 22, carretera al Pacífico CA-9 Norte, Bárcenas, Villa nueva.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 303-2014

Guatemala, 2 de septiembre de 2014


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2014-14376, opinó de manera favorable la adscripción a favor de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán, de una fracción de terreno de 29,419.70 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 53854, folio 250 del libro 989 de Guatemala, propiedad de la Nación, con el objeto que pueda coadyuvar en el rescate y resguardo de la Cuenca y Lago de Amatitlán; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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