RESOLUCIÓN 326-001-2014
Se aprueba la disminución del presupuesto de ingresos y egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala
RESOLUCION No. 326-001-2014
GUATEMALA, 05 DE AGOSTO DE 2014
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL REGISTRO DE INFORMACION CATASTRAL DE GUATEMALA -RIC-
CONSIDERANDO:
Que al Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, le corresponde aprobar los presupuestos de la institución, conforme a lo establecido en la literal j) del Artículo trece (13) de la Ley del Registro de información Catastral, Decreto No. 41-2005 del Congreso de la República de Guatemala y a lo preceptuado en el tercer párrafo del Artículo veintinueve (29) del Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral, Acuerdo Gubernativo número ciento sesenta y dos guión dos mil nueve (162-2009).
CONSIDERANDO:
Que también corresponde al Consejo Directivo del Registro de información Catastral de Guatemala -RIC-, aprobar las modificaciones que amplíen o disminuyan el presupuesto aprobado para cada ejercicio fiscal.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Ejecutiva Nacional, ha propuesto la Disminución al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC- para el Ejercicio Fiscal 2014, por CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q.57,500,000.00), para rebajar asignaciones presupuestarias del Proyecto de Administración de Tierras, Fase II y del Programa de Establecimiento Catastral y Consolidación de la Certeza Jurídica en Áreas Protegidas, con recursos de Préstamos Externos, que cuenta con la opinión favorable emitida por la Gerencia Administrativa Financiera del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, contenida en el Dictamen número cero nueve guión dos mil catorce (09-2014), de fecha diez (10) de Julio del año dos mil catorce (2014); por lo que es procedente emitir la disposición legal que aprueba la disminución indicada.
POR TANTO,
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los Artículos 1,4,6,7,8,9,13, literal j), 15 y 16) literales a) e i) de la Ley del Registro de Información Catastral, Decreto No. (41-2005) del Congreso de la República de Guatemala; Artículo 41 del Decreto No. 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto, reformado por el Decreto No. 13-2013, ambos del Congreso de la República de Guatemala y de acuerdo a lo estipulado en tercer párrafo del Artículo 29 del Acuerdo Gubernativo No. 162-2009, Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral.
RESUELVE,
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