ACUERDO MINISTERIAL  382-2014

Normativa para realizar inspección higiénico-sanitario en país de origen a establecimientos de producción, transformación o acopio de alimentos de origen animal y vegetal no procesado, interesados en exportarlos a Guatemala.

Derogado por el Acuerdo Ministerial 160-2016


ACUERDO MINISTERIAL No. 382-2014

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 10 de julio de 2014

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN


CONSIDERANDO:

Que es de estricto interés del Estado e interés general el cumplimiento del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República, mediante el cual establece que al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, le corresponde la función de prevención y control en las etapas de producción, transformación, almacenamiento, transporte, importación y exportación de alimentos naturales no procesados, para lo cual este Ministerio en su Reglamento Orgánico Interno crea dentro de su estructura la Dirección de Inocuidad que entré otras atribuciones le corresponde controlar vigilar y coordinar la inocuidad de los alimentos no procesados de origen animal y vegetal producidos nacional e internacionalmente, bajo un sistema higiénico aceptable, regulado legal y técnicamente destinados para el consumo humano, velando que se cumpla con la normativa regional e internacional aprobada en el marco de la inocuidad de alimentos.


CONSIDERANDO:

Que este Ministerio a través de la Dirección de Inocuidad del Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones, debe realizar las inspecciones higiénico-sanitarias en los países de origen a los establecimientos de producción, transformación o acopio de alimentos de origen animal y vegetal no procesados, destinados al consumo humano, interesados en exportarlos a Guatemala, razón por la cual se hace necesario que se emita la normativa que regule dicho procedimiento.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 194 de la Constitución Política de la República, 27, 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número. 114-97 del Congreso de la República; 130, literal b) del Código de Salud, Decreto número 90-97 del Congreso de la República, 15 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo No. 745-99; 7 y 15 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010.


ACUERDA:

Emitir la siguiente:


NORMATIVA PARA REALIZAR INSPECCIÓN HIGIÉNICO-SANITARIA EN PAÍS DE ORIGEN, A ESTABLECIMIENTOS
DE PRODUCCIÓN, TRANSFORMACIÓN O ACOPIO DE AUMENTOS DE ORIGEN ANIMAL Y VEGETAL NO PROCESADOS,
INTERESADOS EN EXPORTARLOS A GUATEMALA.

 
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