ACUERDO GUBERNATIVO 209-2014
Se crea e instituye las condecoraciones que se indican.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 209-2014
Guatemala, 9 de julio de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es función del Presidente de la República conceder condecoraciones a guatemaltecos y extranjeros. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo, establece que la autoridad administrativa superior del Organismo Ejecutivo es el Presidente de la República, y que para el despacho de los negocios del Organismo Ejecutivo habrán los Ministerios que la ley establezca.
CONSIDERANDO
Que a través del Ministerio de Gobernación, se busca reconocer los méritos y acciones relevantes llevadas a cabo por ciudadanos, funcionarios, autoridades, trabajadores del Estado, instituciones públicas y privadas, asociaciones civiles y entidades que colaboran con la ejecución de los fines encomendados al Ministerio de Gobernación, por lo que, es conveniente emitir la disposición legal que formalice el reconocimiento a esas acciones por medio de la autoridad superior de ese Ministerio.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) y con fundamento en la literal n) de ese mismo artículo de la Constitución Política de la República de Guatemala.
ACUERDA
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