RESOLUCIÓN 318-001-2014
Se aprueba la ampliación del presupuesto general de ingresos y egresos del registro de información catastral para el ejercicio 2014.
RESOLUCIÓN No. 318-001-2014
GUATEMALA, 16 DE MAYO DE 2014
Acuérdese publicar la ampliación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC- para el Ejercicio Fiscal 2014, aprobado por el Consejo Directivo, en Sesión Extraordinaria realizada con fecha 16 de mayo de 2014, según punto 3° del Acta No. 318-2014 de esa misma fecha.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN CATASTRAL DE GUATEMALA -RIC-
CONSIDERANDO:
Que al Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, le corresponde aprobar los presupuestos de la institución, conforme a lo establecido en la literal j) del artículo trece (13) de la Ley del Registro de Información Catastral, Decreto Número cuarenta y uno guión dos mil cinco (41-2005) del Congreso de la República de Guatemala y a lo preceptuado en el tercer párrafo del Articulo veintinueve (29) del Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral, Acuerdo Gubernativo número ciento sesenta y dos guión dos mil nueve (162-2009).
CONSIDERANDO:
Que también corresponde al Consejo Directivo del Registro de Información Catastral de Guatemala -RIC-, aprobar las modificaciones que amplíen o disminuyan el presupuesto aprobado para cada ejercicio fiscal.
CONSIDERANDO:
Que la Ampliación propuesta, cuenta con la opinión favorable emitida por la Gerencia Administrativa Financiera del Registro de información Catastral de Guatemala -RIC-, contenida en el Dictamen número cero cuatro guión dos mil catorce (04-2014), de fecha dieciséis (16) de Mayo del año dos mil catorce (2014), modificado por el Dictamen número cero cinco guión dos mil catorce (05-2014), de la misma fecha, por lo que es procedente emitir la disposición legal que aprueba la ampliación indicada.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos (1, 4, 6, 7, 8, 9, 13, literal j, 15 y 16 literales a), i) de la Ley del Registro de Información Catastral, Decreto Número cuarenta y uno guión dos mil cinco (41-2005) del Congreso de la República de Guatemala; artículo cuarenta y uno (41) del Decreto Número ciento uno guión noventa y siete (101-97) Ley Orgánica del Presupuesto, reformado por el Decreto Número trece guión dos mil trece (13-2013) ambos del Congreso de la República de Guatemala y de acuerdo a lo estipulado en tercer párrafo del artículo veintinueve (29) del Acuerdo Gubernativo número ciento sesenta y dos guión dos mil nueve (162-2009), Reglamento de la Ley del Registro de Información Catastral.
RESUELVE:
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