ACUERDO GUBERNATIVO  183-2014

Se crea con carácter temporal la comisión nacional para la protección de pez vela que en adelante se denominara simplemente "La comisión" la cual dependerá de la presidencia de la republica.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 183-2014

Guatemala, 11 de junio de 2014


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es obligación del Estado orientar y promover el desarrollo económico nacional, para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano a efecto de incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional, a través de la estimulación de Iniciativas en actividades relacionadas con la pesca y el turismo.


CONSIDERANDO

Que para coadyuvar a la consecución del bien común, se hace necesario crear una comisión que sea la responsable de realizar las prepuestas para el uso sostenible del Pez Vela, así como formular estrategias de protección de los recursos pesqueros y programas orientados a promover la pesca artesanal, con el objeto de evitar la comercialización y pesca ilegal en el país. Por lo anterior, debe dictarse la disposición legal correspondiente.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo establecido en los artículos 5 del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo, y, 28, 29 y 30 del Decreto Número 80-2002, Ley General de Pesca y Acuicultura, ambos decretos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
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