EXPEDIENTE 2240-2014
Se decreta la suspensión provisional de la literal b) del articulo 65 del decreto 20-2006.
EXPEDIENTE No. 2240-2014
Oficial 4° de Secretaría. Asunto: Inconstitucionalidad de Ley de carácter general, parcial. Solicitante: Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia. Norma Impugnada: la literal b) del artículo 65 del Decreto 20-2006 del Congreso de la República de Guatemala, Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinte de mayo de dos mil catorce.
Se tiene a la vista, para resolver, la acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, que promueve el Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, José Arturo Sierra González, con el objeto de impugnar la literal b) del artículo 65 del Decreto 20-2006 del Congreso de la República de Guatemala, Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria.
CONSIDERANDO
-I-
El artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables. La suspensión tendrá efecto general y se publicará en el Diario Oficial al día siguiente de haberse decretado."
-II-
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual se decreta la suspensión provisional de la norma impugnada, como se indica en la parte resolutiva del presente auto.
CITA DE LEYES
Artículo citado, 7 y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
POR TANTO
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