ACTA MUNICIPAL  13-2014.2

Se acuerda REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE
ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.

CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas No. 78, de Sesiones del Concejo Municipal, en el cual aparece asentada el Acta número 13-2014 de fecha veintisiete de marzo del año dos mil catorce, en donde aprobaron el punto resolutivo número SEGUNDO, el que copiado literalmente establece: "SEGUNDO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para los efectos correspondientes emitirá las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán de ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de la calidad y cobertura de los servicios.


CONSIDERANDO:

Que a pesar que en el municipio de Esquipulas, departamento de Chiquimula, se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable, no existe un reglamento actualizado que lo regule y establezca normas claras sobre su administración, uso. derechos y deberes de la Municipalidad y los usuarios.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del

Código Municipal, POR UNANIMIDAD:

ACUERDA: Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.


I. DEL SERVICIO EN GENERAL.

 
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