ACTA MUNICIPAL  28-2013

Se acuerda Reglamento para Autorizar el Funcionamiento de Industrias y Establecimientos Comerciales de Expendio de Alimentos y Bebidas, Hospedaje, Higiene o Arreglo Personal, entre otros, Abiertos al Púbico en San Sebastián, Retalhuleu.


MUNICIPALIDAD DE SAN SEBASTIÁN,
DEPARTAMENTO DE RETALHULEU

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN, DEL DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.
CERTIFICA:

Que para el efecto se ha tenido a la vista el Libro de Actas de Sesiones ordinarias del Concejo Municipal, donde se encuentra el Acta número 28-2013 de fecha 09 de Julio de 2,013 donde aparece el punto SEGUNDO que copiado literalmente dice:


SEGUNDO: CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN SEBASTIÁN DEPARTAMENTO DE RETALHULEU


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal establece en su artículo 35 literal z) que es una atribución del Concejo Municipal: "Emitir el dictamen favorable para la autorización de establecimientos que por su naturaleza estén abiertos al público, sin el cual ninguna autoridad podrá emitir la licencia respectiva;".


CONSIDERANDO:

Que el Decreto 56-95 del Congreso de la República faculta a las Municipalidades para emitir el reglamento que regule la delimitación, dentro de sus respectivos territorios, de las áreas en las que puedan funcionar los establecimientos dedicados al expendio de alimentos y bebidas, hospedaje, higiene, arreglo personal, recreación, cultura y otros que por su naturaleza estén abiertos al público;


CONSIDERANDO:

Que para que la municipalidad pueda cumplir con el mandato contenido en la Constitución Política de la República, en el Código Municipal y en el Decreto 56-95 del Congreso de la República, es necesario emitir el reglamento que regule la localización, revisión y autorización de cualquier tipo de establecimientos abiertos al público.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 239, 254, 255, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 6, 7, 39, 40, 41, 72, 82 y 85 del Código Municipal;


ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA AUTORIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE INDUSTRIAS Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE
EXPENDIO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, HOSPEDAJE, HIGIENE O ARREGLO PERSONAL, RECREACIÓN, CULTURA Y OTROS QUE
POR SU NATURALEZA SE ENCUENTREN ABIERTOS AL PÚBLICO, EN EL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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