RESOLUCIÓN  68/2013

El Registro del Mercado de Valores y Mercancías, declara que la unidad de multa se fija en doscientos quetzales.


RESOLUCIÓN No. 68/2013

REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCIAS; Guatemala 03 de diciembre del año dos mil trece.

El Registro del Mercado de Valores y Mercancías, dependencia del Ministerio de Economía, tiene como objeto el control de la juridicidad y registro de los actos que realicen y contratos que celebren las personas que intervienen en los mercados bursátil y extrabursátil, tomando en consideración las atribuciones que le corresponden dentro del ámbito de su competencia, cumplir y hacer que se cumplan las disposiciones normativa y reglamentarias de carácter general.

CONSIDERANDO: Que el artículo dieciséis de la Ley del Mercado de Valores y Mercancías, Decreto 34-96 del Congreso de la República, establece en su inciso o) la obligación de aplicar las sanciones que corresponda de conformidad con esta ley.

CONSIDERANDO: Que el veintiséis de agosto del año dos mil ocho se emitió el Decreto 49-2008 el cual contiene las Reformas al Decreto 34-96 del Congreso de la República Ley del Mercado de Valores y Mercancías, y fue publicado en el Diario de Centroamérica el veinticinco de septiembre del dos mil ocho, habiendo entrado en vigencia el tres de octubre del dos mil ocho.

POR TANTO: Este Registro con fundamento en lo que establecen los artículos y decretos citados y, en lo que para el efecto establecen los artículos 8, 13, 26, 80, 82, 85 b), 89 y 90 del Decreto 34-96 Ley el Mercado de Valores y Mercancías y 13 del Decreto 49-2008 Reformas al Decreto 34-96 del Congreso de la República, Ley del Mercado de Valores y Mercancías.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,332 veces.
  • Ficha Técnica: 18 veces.
  • Imagen Digital: 18 veces.
  • Texto: 12 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu