ACUERDO MINISTERIAL  501-2013

Se autoriza a la entidad extranjera de carácter no lucrativo, denominada LIFE OF HOPE MINISTRIES.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 501-2013

Guatemala, 22 de octubre de 2013


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que el artículo 34 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de libre asociación y nadie está obligado a asociarse ni a formar parte de grupos o asociaciones de autodefensa o similares, exceptuando únicamente el caso de la colegiación profesional.


CONSIDERANDO:

Que la Entidad Extranjera de carácter no lucrativo denominada LIFE OF HOPE MINISTRIES, constituida de conformidad con las leyes del Estado de Minnesota, Estados Unidos de América, por medio de su Mandatario General con Cláusula Especial con Representación, se presentó a este Ministerio con fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil trece (2013), solicitando la autorización para establecer una sucursal en la República de Guatemala.


CONSIDERANDO:

Que la documentación presentada por la entidad solicitante, cumple con los requisitos exigidos por este Ministerio y no contraría las leyes vigentes del país y siendo que la Dirección de Asuntos jurídicos de este Ministerio, emitió dictamen favorable, y contando con el Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los artículos 15 numeral 2, 28, 29, 30 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106 y sus reformas.


ACUERDA:

 
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