ACUERDO 017-2013
Se acuerda Reformas al Acuerdo de Directorio Número 14-2010, Normas para la Calificación, Habilitación, Registro y Control del Operador Económico Autorizado.
*Derogado por el Acuerdo de Directorio 9-2020
"ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 017-2013 EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo de Directorio número 14-2010 se aprobaron las "Normas para la Calificación, Habilitación, Registro y Control del Operador Económico Autorizado" en el marco del Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento.
CONSIDERANDO:
Que en el Dictamen Conjunto DCC-SAT-52-2013 de fecha 2 de julio de 2013, suscrito por la Intendencia de Aduanas y la Intendencia de Asuntos Jurídicos, se opina que legal, técnica y administrativamente es procedente reformar las Normas para la Calificación, Habilitación, Registro y Control del Operador Económico Autorizado. Acuerdo de Directorio número 14-2010.
CONSIDERANDO:
Que con las modificaciones al Acuerdo de Directorio número 14-2010, se permitirá retomar el concepto inicial del Operador Económico Autorizado, figura que debe convertirse en la herramienta que permita establecer una real Alianza Estratégica entre el Estado de Guatemala y el Sector Privado comprometido con nuestro país, en materia de competitividad y generando oportunidades de desarrollo.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones establecidas en los artículos 3 literales b) y j) y 7 literal e) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria,
ACUERDA:
Aprobar las siguientes:
REFORMAS AL ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 14-2010, NORMAS PARA LA CALIFICACIÓN, HABILITACIÓN, REGISTRO Y CONTROL DEL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO
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