ACUERDO  42-2013

Se acuerda aprobar el Modelo de Gestión de Calidad para ser aplicado en el área jurisdiccional del Organismo Judicial, el cual se define como política institucional.

*Derogado por el Acuerdo Número 63-2018 de fecha 28-11-2018


ACUERDO NÚMERO 42-2013


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo número cero sesenta y ocho diagonal cero trece, de fecha doce de abril de dos mil trece emitido por el Presidente del Organismo Judicial, se aprobó el Modelo de Gestión de Calidad para su aplicación en el área administrativa del Organismo Judicial.


CONSIDERANDO:

Que dentro de las políticas definidas en el Plan Estratégico Quinquenal 2011-2015 de la Corte Suprema de Justicia y Organismo Judicial, se encuentra la de privilegiar y fortalecer la función jurisdiccional, direccionando y poniendo a su servicio la organización administrativa.


CONSIDERANDO:

Que el Plan Estratégico Quinquenal contempla dentro de los Ejes Programáticos la Institucionalidad, que dentro de las estrategias de desarrollo jurisdiccional contempla la realización de programas y proyectos que logren entre otros objetivos la modernización, fortalecimiento, renovación y automatización de la gestión del área jurisdiccional, la separación de funciones jurisdiccionales de las administrativas y la certificación del personal jurisdiccional.


CONSIDERANDO:

Que dentro de las políticas institucionales es necesario asumir una política de calidad a través de la cual se institucionalice la calidad del servicio en el trámite de los procesos, como una prioridad del Organismo Judicial.


CONSIDERANDO:

Que mediante acuerdo número 38/2012, de fecha veinte de marzo de dos mil doce se crea la Secretaría de Fortalecimiento Judicial, dentro de la cual funciona el área de Proyectos y Gestión de Calidad, que tiene el objetivo de crear un modelo de gestión de calidad estandarizado para el Organismo Judicial, atendiendo a las necesidades de los usuarios del mismo y a la tendencia internacional de implementación de la calidad como un eje de la administración de justicia.


POR TANTO:

Con base en lo dispuesto en el artículo 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala y en uso de las facultades que le confieren los Artículos 52, 53 y 55, de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República.


ACUERDA:

 
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