ACUERDO MINISTERIAL  337-2013

Se aprueba la modificación parcial de las bases constitutivas y el cambio de denominación de la IGLESIA EVANGÉLICA EXTASIS


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 337-2013

Guatemala, 15 de julio de 2013


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que el artículo 36 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce que el ejercicio de todas la religiones es libre. Que toda persona tiene derecho a practicar su religión o creencia, sin más límites que el orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de otros credos.


CONSIDERANDO:

Que por medio de providencia número mil ciento setenta y dos (1172) de fecha trece (13) de junio del año mil novecientos ochenta y tres (1983), se reconoció la personalidad jurídica y aprobaron las bases constitutivas de la IGLESIA EVANGÉLICA ÉXTASIS.


CONSIDERANDO:

Que con fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil trece (2013), el señor Manolo Lázaro Gramajo de León, en su calidad de Representante Legal, solicitó a este Ministerio la modificación parcial de las bases constitutivas y el cambio de denominación de la referida iglesia al de IGLESIA EVANGÉLICA CON ORIENTACIÓN DIVINA "CRISTO VIENE", y en virtud de haberse cumplido con los requisitos de ley, es procedente emitir la disposición legal que en derecho corresponde.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y, con fundamento en los artículos 15 numeral 1° del Código Civil, Decreto Ley 106.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,302 veces.
  • Ficha Técnica: 6 veces.
  • Imagen Digital: 6 veces.
  • Texto: 3 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu