ACTA MUNICIPAL 26-2013.4
Reglamento de construcción y ornato de la Municipalidad de El Tumbador, Departamento de San Marcos
MUNICIPALIDAD DE EL TUMBADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE EL TUMBADOR DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS: CERTIFICA: QUE TIENE A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL CUAL APARECE EL CONTENIDO DEL ACTA NÚMERO VEINTISÉIS GUION DOS MIL TRECE (26-2013) DE FECHA UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE, LA CUAL COPIADA EN SU PUNTO CUARTO
LITERALMENTE DICE:
CUARTO:
El Honorable Concejo Municipal del municipio de El Tumbador, departamento de San
Marcos.
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior y deliberación y de decisión de los asuntos municipales, encargado de ejercer la autonomía del municipio, que la Constitución le garantiza, quien ejerce por medio el, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su circunscripción municipal, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos.
CONSIDERANDO:
Que son competencias propias la de los municipios la autorización de las licencias de construcción, remodelación, modificación y demolición de obras públicas o privadas, en la circunscripción del municipio, a pegadas a un reglamento municipal, que no afecte los intereses del municipio a tal extremo y ser sujeto a la autoridad municipal, para el fortalecimiento del ornato y ordenamiento territorial.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 7, 9, 35 literal a), 68 literal m), del Código Municipal, por unanimidad.
ACUERDA:
Emitir el
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN Y ORNATO DE LA MUNICIPALIDAD DE EL TUMBADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.
I. DISPOSICIONES GENERALES.
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