ACUERDO  29/2013-CE-CDAG

Se aprueba la redistribución analítica por rubro del Presupuesto de Ingresos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala


ACUERDO NUMERO 29/2013-CE-CDAG

EL INFRASCRITO SECRETARIO GENERAL DE LA CONFEDERACION DEPORTIVA AUTONOMA DE GUATEMALA, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TUVO A LA VISTA EL ORIGINAL DEL ACUERDO NUMERO VEINTINUEVE/DOS MIL TRECE-CE-CDAG (29/2013-CE-CDAG) DE FECHA UNO DE MARZO DE DOS MIL TRECE, QUE LITERALMENTE DICE:


"ACUERDO NUMERO 29/2013-CE-CDAG


EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA
CONFEDERACION DEPORTIVA AUTONOMA DE GUATEMALA,


CONSIDERANDO

Que el Presupuesto de Ingresos y Egresos aprobado para cada Ejercicio Fiscal debe incluir la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos, por lo que el Comité Ejecutivo ha sometido ante la Asamblea General para su aprobación el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala.


CONSIDERANDO

Que la Asamblea General, órgano representativo y superior de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, atendiendo lo dispuesto en el Artículo 93, inciso g. del Decreto del Congreso de la República No. 76-97, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, en Asamblea General Ordinaria celebrada el treinta y uno de octubre de dos mil doce, que consta en acta 7/2012-AG-CDAG, aprobó el presupuesto de ingresos y egresos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala -CDAG-, para el período del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil trece, en forma analítica por grupo y renglón, que sometió a su consideración el Comité Ejecutivo.


CONSIDERANDO

Que en la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil trece, Decreto Número 30-2012, del Congreso de La República de Guatemala, publicado en el Diario de Centro América el día jueves 8 de noviembre dos mil doce, quedó aprobado el Aporte Constitucional para la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, por un monto de trescientos veintitrés millones novecientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y cinco quetzales (Q.323, 996.685.00).


POR TANTO

El Comité Ejecutivo de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, en ejercicio de la atribución que le confiere el Artículo 95, inciso j., de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 29 y 40.


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