ACUERDO GUBERNATIVO 112-2013
Se acuerda aprobar la medida efectuada en el baldio denominado "CHIMENCHÉN II", ubicada en el municipio de Santa Maria Cahabón, Alta Verapaz.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 112-2013
Guatemala, 5 de marzo de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley de Transformación Agraria, los terrenos baldíos una vez localizados y medidos deben ser inscritos a favor de la Nación, con el objeto de que puedan ser destinados al establecimiento de zonas de desarrollo agrario o lotificaciones rústicas para proporcionar tierra a los campesinos y campesinas que carecen de ella como lo determina la Constitución Política de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que habiéndose efectuado los trabajos de medida legal del baldío denominado "CHIMENCHÉN II", ubicado en jurisdicción municipal de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz, por el Ingeniero Agrónomo José Carlo Sanabria Cabrera, con número de colegiado cuatro mil ciento cincuenta y ocho (4,158) y como consta en el respectivo expediente que las operaciones topográficas se encuentran ajustadas a la Ley según dictamen número FT-ATR-16-2012 emitido por el Coordinador del Área Técnica de la Dirección de Regularización del Fondo de Tierras, Ingeniero Agrónomo Demetrio Cutzal Mijango, el veintitrés de abril de dos mil doce, es procedente emitir la disposición legal aprobando dichas diligencias.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en el artículo 161 del Decreto número 1551 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA:
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