ACUERDO GUBERNATIVO 148-2013
Se acepta la donación a titulo gratuito que hace el Señor Orlando Hermelindo Saucedo a favor del Ministerio de Gobernación.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 148-2013
Guatemala, 22 de marzo de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas, le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-31987 (Ref. M-392-2005 opinó de manera favorable la aceptación de la donación a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Gobernación, que hace el señor Orlando Hermelindo Saucedo, (único apellido), a través de la escritura pública número 231 de fecha 31 de julio de 2007, autorizada por la Licenciada Mylenne Yasmin Monzón Letona, Escribana de Cámara y de Gobierno, de una fracción de terreno de 378.00 metros cuadrados, de la finca rústica de su propiedad inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 36787, folio 297 del libro 148 de El Quiché, en virtud que será utilizada para la construcción de una delegación de la Dirección General de Migración, por lo que resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y artículo 53 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA
- Buscado: 1,396 veces.
- Ficha Técnica: 9 veces.
- Imagen Digital: 9 veces.
- Texto: 6 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 2 veces.