ACTA  No.1-CNFA.BASD.LC-2013

Se aprueba el Arancel de Honorarios de Defensores Públicos de oficio del Instituto de la defensa Pública Penal.


ACTA No. 01-CNFA.BASD.LC-2013

En la ciudad de Guatemala el día treinta de enero del año dos mil trece, a las diez horas con quince minutos, reunidos la Licenciada BLANCA AÍDA STALLING DÁVILA, Directora General del Instituto de la Defensa Pública Penal, Licenciado JOSÉ GUILLERMO ALFREDO CABRERA MARTINEZ, Presidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y el Licenciado OTTO RENÉ ARENAS HERNÁNDEZ, Director del Bufete Popular de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con el objeto de constituir formalmente la Comisión Nacional de Fijación de Aranceles para el Instituto de la Defensa Pública Penal, de honorarios de Defensores de Oficio del instituto de la Defensa Pública Penal, conforme a lo estipulado en el artículo 46 de la Ley de Servicio Público de Defensa Penal, Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), Del Congreso de La República de Guatemala, para ese efecto se procede de la manera siguiente:

PRIMERO: Se tiene por constituida formalmente la Comisión Nacional de Fijación de Aranceles para el Instituto de la Defensa Pública Penal, la cual tendrá su sede en las oficinas del Instituto de la Defensa Pública Penal ubicada en la séptima avenida diez guión treinta y cinco zona uno ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala.

SEGUNDO: La Licenciada BLANCA AIDA STALLING DÁVILA presenta el proyecto que contiene las bases normativas del arancel de Honorarios de Defensores de Oficio, el que luego de analizado y discutido ampliamente, queda APROBADO de la siguiente manera:


ARANCEL DE HONORARIOS DE DEFENSORES PÚBLICOS
DE OFICIO DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PUBLICA PENAL.

 
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