ACUERDO GUBERNATIVO 79-2013
Se acuerda facultar a los Ministros de Finanzas Públicas y de Educación para que comparezcan en Representación del Estado de Guatemala en calidad de Fideicomitente y Fideicomisario, a suscribir con el Representante legal del Banco Industrial.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 79-2013
Guatemala, 8 de febrero de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
De conformidad con lo establecido en los Acuerdo Gubernativos 457-96 y 870-99 de fechas 22 de octubre de 1996 y 25 de noviembre de 1999, respectivamente, se constituyó, mediante la Escritura Pública número 417, autorizada en esta ciudad por la Escribano de Cámara y de Gobierno, el 30 de diciembre de 1999 y por el plazo de 10 años ininterrumpidos, el fideicomiso de administración e inversión denominado "Fideicomiso Nacional del Fondo de Educación Rural Coparticipativa" con destino a financiar con carácter no reembolsable la ejecución de programas y proyectos para cumplir con los objetivos del Programa Nacional de Autogestión para el Desarrollo Educativo PRONADE.
CONSIDERANDO
Que el plazo para el cual fue constituido el fideicomiso relacionado en el primer considerando de este Acuerdo, venció el 29 de diciembre de 2009, por lo que deviene procedente iniciar el proceso de extinción y liquidación del referido fideicomiso, ya que además, se han obtenido los dictámenes favorables de los entes e instituciones involucradas en el mismo, de conformidad con la ley. Por lo anterior, debe emitirse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lo establecido en los artículos 195 Constitucional; 27 literales j) y k) y 35 literal r) del Decreto No. 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 60 y 61 del Decreto No. 30-2012, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013, ambos del Congreso de la República.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA
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