ACTA MUNICIPAL 42-18-10-2012
Se acuerda dejar sin efecto el punto tercer de la sesión ordinaria 45-12-11-2002, además modificar los artículos segundo y tercero del punto cuarto, literal "M" del acta número 08-25-02-97.
ACTA NÚMERO 42-18-10-2012 PUNTO SEGUNDO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE AMATITLÁN DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
CERTIFICA
QUE EN EL LIBRO DE HOJAS MOVILES NUMERO L DOS QUINCE MIL SEISCIENTOS DIECISIETE (L2 15,617) DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL, SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO CUARENTA Y DOS GUIÓN DIECIOCHO GUIÓN DIEZ GUIÓN DOS MIL DOCE (42-18-10-2012) DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE, EN LA QUE EN SU PUNTO SEGUNDO LA QUE COPIADA LITERALMENTE DICE.
EXTRAORDINARIA 42-18-10-2012. SEGUNDO: Análisis y aprobación del Acuerdo que contiene la Tasa de Alumbrado Público. ACUERDA: I) Aprobar las modificaciones y derogaciones del proyecto de Acuerdo de Tasa Municipal presentado, mismo que queda de la siguiente manera: "El Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO, que le corresponde al Concejo Municipal con exclusividad el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio y garantizar los intereses y necesidades de los vecinos, así como la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos del municipio; CONSIDERANDO. Que corresponde al Concejo Municipal la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. CONSIDERANDO. Que el fortalecimiento de los gobiernos municipales requiere del marco legal adecuado para el desarrollo de las competencias y funciones de los municipios y sus autoridades. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que le confiere los artículos 3, 5, 6, 9, 33, 35 incisos a) b), i), s), 40, 42, del Decreto 12-2002 Código Municipal ACUERDA:
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