ACUERDO 09-2013
Se acuerda autorizar la AMPLIACION PRESUPUESTARIA NUMERO UNO en el presupuesto de Ingresos de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (SENABED), correspondiente al año 2013.
ACUERDO DE SECRETARIA GENERAL
ACUERDO NÚMERO 09-2013
EL SECRETARIO GENERAL DE LA
SECRETARIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES EN EXTINCIÓN DE
DOMINIO
CONSIDERANDO
Que el Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio, lo faculta para proponer al Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -CONABED- el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos que regirá a la Secretaria Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -SENABED- del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 y en consecuencia, determinar la política de índole financiera que considere adecuada para cumplir con los objetivos y alcanzar las metas propuestas.
CONSIDERANDO
Que con fecha 10 de enero de 2013, se realizó sesión ordinaria del Consejo en la cual le fue autorizado a la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio -SENABED-, para que por medio del Secretario General se ejecute el Presupuesto de Ingresos y Egresos que regirá a la SENABED y así como también incorporar el saldo de caja del año 2012 al presupuesto vigente del año 2013, según consta en el punto quinto del Acta número 01-2013 del Consejo Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio.
CONSIDERANDO
Que es necesario ampliar el Presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio fiscal 2013, de la Secretaria Nacional por un monto de DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS QUETZALES CON 60/100 (Q. 18, 239,782.60); con recursos provenientes del saldo de caja del año 2012 y cuya integración es la siguiente: trasferencias del Ministerio de Finanzas Públicas Q 10,212.858.49 (funcionamiento); Saldo de ingresos derivados de la extinción de dominio Q. 8,026.924.11.
POR TANTO
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los Artículos 38 y 39 del Decreto Número 55-2010; 14, 20 literales a), q) y Artículo 21 literal b) del Acuerdo Gubernativo 514-2011,
ACUERDA:
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