ACUERDO GUBERNATIVO 52-2013
Se adscribe a la Municipalidad de Amatitlán del departamento de Guatemala, la finca urbana ubicada en la 5a. Avenida y 6a calle, del municipio.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 52-2013
Guatemala, 6 de febrero de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde, cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-12295 (D-1667-2005) opinó de manera favorable la adscripción a la Municipalidad de Amatitlán, departamento de Guatemala, de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 5258, folio 38 del libro 61 de Amatitlán, propiedad del Estado, en virtud que será destinada para que siga funcionando el taller de carpintería, herrería, parqueo de automóviles y camiones de esa comuna, por lo que resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en el artículo 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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