ACUERDO GUBERNATIVO 28-2013
Se constituye usufructo a título gratuíto por el plazo de 25 años, a favor del Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala, sobre una fracción de terreno, ubicado en la 1a. avenida 18-97, zona 3.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 28-2013
Guatemala, 10 de enero de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas, le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-11322 (Ref. C-1054-2006) opinó de manera favorable constituir usufructo a título gratuito a favor del Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala, del área de terreno de 2,473.9552 metros cuadrados de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 25194, folio 33 del libro 563 de Guatemala, propiedad del Estado, ubicada en la 1a. avenida 18-97 zona 3, municipio y departamento de Guatemala, en virtud que será utilizada para que siga funcionando la estación central de dicha Institución; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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