PUBLICACIONES VARIAS 06-08-2012
Reglamento de Elecciones del Tribunal Electoral del Colegio de Psicólogos de Guatemala
*Queda derogado por la publicación Varia de fecha 07-12-2015
CONSIDERANDO:
Que conforme el Decreto 72-2001 del Congreso de la República, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, los colegios profesionales tienen la facultad de emitir sus reglamentos a efectos de regular lo referente a sus funciones y otros aspectos necesarios, para el mejor cumplimiento de sus actividades.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento Electoral del Colegio debe ser actualizado para facilitar el eficiente funcionamiento del Tribunal Electoral y garantizar los derechos y obligaciones electorales de los colegiados. Por lo anterior, es procedente derogarlo a efectos de que entre en vigencia el nuevo reglamento luego de su aprobación por la Asamblea General.
POR TANTO:
Con base en el artículo 13 inciso b) del Decreto 72-2001 del Congreso de la República, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria,
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
Reglamento de Elecciones del Tribunal Electoral del Colegio de Psicólogos de Guatemala
CAPÍTULO I
Generalidades
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