DECRETO DEL CONGRESO  13-2012

Se aprueban las negociaciones del Contrato de Préstamo Número 2242/BL-GU, celebrado entre Guatemala y el Banco Interamericano de Desarrollo


DECRETO NÚMERO 13-2012


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida y el desarrollo integral de las personas, derivado de lo cual, dentro del plan de Gobierno de la República se formuló el "Plan Nacional de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento para el Desarrollo Humano 2008-2011". El plan persigue, a través de la prestación de servicios de agua potable y saneamiento, contribuir de manera directa y ordenada a reducir la pobreza general, la morbilidad y mortalidad y la deserción al calor. Para lograr esos objetivos se incrementará la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento a los segmentos más pobres de la población y se fortalecerán las capacidades institucionales del sector.


CONSIDERANDO:

Que en ese contexto, y con el fin de cumplir con el "Plan Nacional de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento para el Desarrollo Humano 2008-2011", el Gobierno ha decidido emprender un programa orientado a mejorar y ampliar los servicios de agua potable y saneamiento en áreas rurales, periurbanas y urbanas; para ello, solicitó apoyo financiero reembolsable al Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, para la ejecución del "Plan Nacional de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento para el Desarrollo Humano 2008-2011 (Fase I)", cuyo objeto es mejorar y ampliar el acceso a los servicios de agua potable y saneamiento en áreas rurales, periurbanas y urbanas en un marco que incentive el desarrollo institucional del sector, promueva la participación organizada de las comunidades rurales y municipales, asegurando la sostenibilidad de los sistemas a mediano y largo plazo.


CONSIDERANDO:

Que el veintitrés de noviembre de dos mil nueve, el Directorio Ejecutivo del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, aprobó otorgar a la República de Guatemala el financiamiento requerido, con carácter reembolsable, por un monto de hasta cincuenta millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$50,000,000.00), para la ejecución del programa identificado en el considerando anterior, y que habiéndose obtenido las opiniones favorables del Organismo Ejecutivo y de la Junta Monetaria, a que se refiere el artículo 171 literal i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, es procedente emitir la disposición legal que autorice la celebración del instrumento qué permita acceder al financiamiento indicado.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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