PUBLICACIONES VARIAS 27-07-2012
Acuerda la Reforma del Reglamento Interno de la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales.
CONSIDERANDO:
Que conforme la Constitución Política de la República de Guatemala la colegiación de los profesionales universitarios es obligatoria y sus fines la superación moral, científica, técnica y material de las profesiones universitarias y el control de su ejercicio. Los colegios profesionales, con base en la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, tienen la potestad de emitir sus propios estatutos y reglamentos para el desarrollo de sus funciones.
CONSIDERANDO:
Que conforme el Decreto 72-2001 del Congreso de la República, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales aprobará y emitirá el reglamento que regule lo referente a sus funciones y demás aspectos necesarios para su mejor desenvolvimiento. Que en cumplimiento de dicho precepto la Asamblea de Presidentes ya emitió su respectivo reglamento; pero es necesario reformarlo para ajustar el plazo de duración de las juntas directivas de la Asamblea a efecto de dar oportunidad a que todos sus integrantes, en su oportunidad, ocupen el cargo de Presidente de Junta Directiva. Ya que la ley establece como un deber asumir el cargo, no pudiendo renunciar a dicha obligación.
POR TANTO:
Con base en el artículo 33 literal a) y 44 del Decreto 72-2001 del Congreso de la República, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria,
ACUERDA
EMITIR LA SIGUIENTE:
REFORMA DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ASAMBLEA DE PRESIDENTES DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES.
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