ACTA  31-2012

Acuerda la derogatoria total del Reglamento para la Autorización Municipal de Establecimientos Públicos o Privados que por su Naturaleza estén Abiertos al Público en el Municipio de Sumpango del Departamento de Sacatepéquez.


ACTA NÚMERO 31-2012


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SUMPANGO, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.

CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de actas de hojas movibles, que documentan las Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal; autorizado por la Contraloría General de Cuentas, según cuentadancia número: T3-3-4, en el cual aparece asentada el Acta número: 31-2012, de fecha 18 de Julio del año 2012, en donde se aprobó el punto resolutivo que copiado literalmente dice:------------------------------

OCTAVO: El señor Alcalde municipal toma la palabra y expone a los miembros del concejo municipal que en compañía de otros concejales atendieron el día de hoy a un grupo de vecinos de este municipio, quienes manifestaron que son comerciantes organizados y que el motivo de su visita se debe a su preocupación por el REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS O PRIVADOS QUE POR SU NATURALEZA ESTÉN ABIERTOS AL PÚBLICO, que fue publicado en el Diario de Centroamérica el día de ayer 17 de julio del año en curso. Ante esa preocupación, se les informó que el espíritu de dicho reglamento es tener una base legal para realizar el cobro del derecho de puerta de negocios grandes de empresas nacionales, tales como agencias bancarias, supermercados, importadoras de vehículos y cementeras entre otras, que han venido a instalarse a este municipio, y que si bien es cierto traen desarrollo a la población, también hacen uso de los servicios que esta municipalidad brinda, tales como agua potable, drenajes, calles, alumbrado público, botadero de basura, entre otros, sin embargo a la fecha dichas empresas no pagan ningún derecho de puerta, lo cual es injusto, pues los vecinos de este municipio pagan desde su boleto de ornato y muchos de los comerciantes locales se han acercado a esta municipalidad y pagan su derecho de puerta. Asimismo se les informó a los vecinos que para realizar el cobro a los negocios de empresas nacionales es necesario contar con un reglamento debidamente autorizado, pero que este reglamento no podría hacerse de manera específica para ellos, razón por la cual se emitió un reglamento de carácter general, pero dejando argumentos claros que permitan a la municipalidad no afectar los negocios de los vecinos de este municipio. Ante estos argumentos los comerciantes organizados opinaron que si esa es la razón, están de acuerdo con dicho reglamento, sin embargo solicitan sea analizado y derogado, debido a que si bien esta administración respetará y apoyará a los vecinos del lugar y solo exigirá el cobro a las grandes empresas nacionales, deja abierta la posibilidad de que posteriores administraciones apliquen de manera general dicho reglamento y castiguen al pueblo, especialmente a los comerciantes, exigiendo cobros exagerados, lo cual perjudicaría grandemente a la economía de todos los vecinos de este municipio, por lo que reiteraron su solicitud de derogar dicho reglamento para la tranquilidad de los vecinos. Ante la solicitud de los comerciantes organizados, el señor Alcalde municipal manifiesta a los miembros del Concejo Municipal que los comerciantes tienen mucha razón en sus argumentos, pues no se puede asegurar lo que futuras administraciones podrán ejecutar; en tal sentido, con el ánimo de darle tranquilidad y armonía a la población de Sumpango, solicita a los miembros del concejo municipal aprobar la derogatoria total del REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS O PRIVADOS QUE POR SU NATURALEZA ESTÉN ABIERTOS AL PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE SUMPANGO DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ, contenida en el punto Segundo del Acta número 04-2012 de sesiones extraordinarias del Concejo Municipal, celebrada el día veintiséis de marzo de dos mil doce. Ante tal propuesta y solicitud, el Concejo Municipal entra a deliberar y después de una amplia discusión se entra a votación y con base a las facultades que el Código Municipal otorga, el Concejo Municipal por unanimidad de votos: ACUERDA:

 
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